Dra. Giselle Kibysz
Durante mucho tiempo, en Argentina hablar de regímenes de incentivo a la inversión era, en la práctica, hablar de grandes proyectos. Grandes montos, grandes estructuras. En ese esquema, muchas empresas —sobre todo PyMEs— quedaban inevitablemente afuera. No por falta de capacidad, sino porque simplemente no calificaban para ingresar.
En este marco, el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), incorporado por la Ley de modernización laboral, surge como una respuesta a esa limitación, reconociendo que el desarrollo productivo también depende de empresas medianas que sostienen cadenas de valor y generan empleo.
Podrán acceder al régimen los sujetos alcanzados por el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias que desarrollen actividad económica organizada, que encuadren como Micro, Pequeñas o Medianas Empresas —hasta Mediana Tramo 2— y que realicen inversiones productivas en el país.
El RIMI alcanza a inversiones realizadas dentro de un plazo de dos años desde su vigencia. Incluye bienes de capital nuevos, tecnología, obras productivas, inversiones agropecuarias y mejoras en eficiencia energética o energías renovables, excluyendo activos financieros. 2
Sin embargo, la reglamentación también deja en claro que el acceso no es automático. Requiere planificación, cumplimiento de condiciones y una correcta estructuración. No alcanza con invertir, sino que es necesario hacerlo de manera ordenada y anticipada. Además, algunos beneficios relevantes —como la devolución del IVA— dependen de la disponibilidad presupuestaria, lo que introduce un grado de incertidumbre para las empresas. 3 Asimismo, resulta dable destacar que la reglamentación por parte de ARCA aún no ha sido emitida, la cual establecerá la forma efectiva de aplicación de los beneficios previstos.
A pesar de estas limitaciones, el RIMI representa una oportunidad concreta, ya que habilita a las empresas medianas a acceder a herramientas de incentivo que pueden impulsar proyectos que hasta ahora no lograban concretarse. El verdadero desafío, entonces, no está en la norma sino en su aplicación: que el régimen se traduzca en inversión real y generación de empleo.
En provincias con potencial productivo como Mendoza, donde sectores como la minería, la energía y los servicios industriales requieren esquemas de inversión progresiva, el RIMI puede convertirse en una herramienta estratégica para dinamizar proveedores locales y fortalecer cadenas de valor.
En definitiva, el éxito del RIMI no se medirá por su diseño, sino por su utilización efectiva. Es ahí donde el régimen adquiere su verdadero valor, en la medida en que logre convertirse en una herramienta accesible y funcional para las empresas que buscan crecer e invertir en el país.
Bibliografía
Ley 27.802. Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). Buenos Aires: Congreso de la Nación Argentina, 2026.
Poder Ejecutivo Nacional. Decreto N.º 242/2026. Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) – Reglamentación.